síntesis CSRD
La Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD) exige que las grandes empresas y/o las empresas cotizadas publiquen informes periódicos sobre los riesgos sociales y medioambientales a los que se enfrentan, así como sobre las consecuencias de sus actividades para los derechos de las personas y el medio ambiente.
El objetivo es permitir a inversores, organizaciones de la sociedad civil, consumidores y otras partes interesadas evaluar el grado de sostenibilidad de estas empresas.
La Directiva CSRD es parte del Pacto Verde Europeo , un conjunto de iniciativas políticas diseñadas por la Comisión Europea. El principal objetivo es permitir que la Unión Europea reduzca sus emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55% para 2030, en comparación con los niveles de 1990, y alcanzar la neutralidad climática para 2050.
La CSRD modifica la Directiva sobre información no financiera (NFRD) ampliando el alcance de estas obligaciones de divulgación a un mayor número de empresas, así como a PYME que cotizan en bolsa. La NFRD sólo se aplica a “entidades de interés público”, como empresas que cotizan en bolsa, bancos o compañías de seguros, que emplean a más de 500 personas. Como resultado, el número de empresas obligadas a informar sobre cuestiones no financieras aumenta de alrededor de 11.700 en el marco del NFRD a alrededor de 50.000 en el marco del CSRD.
Además, la directiva CSRD moderniza y refuerza las normas relativas a la información social y medioambiental que las empresas deben comunicar, ya que especifica que esta información debe ser relevante, comparable, fiable y accesible. Las empresas deberán informar sobre sus actividades siguiendo normas vinculantes.
En cambio, bajo la NFRD, las grandes empresas tenían libertad para elegir el estándar para publicar su información sobre sostenibilidad y la auditoría era voluntaria. La directiva CSRD hace que esto último sea obligatorio.
¿A qué organizaciones afecta la directiva CSRD?
Es la forma jurídica de la organización de medios de servicio público (PSM) la que determina si cae o no dentro del alcance de la CSRD.
Las organizaciones de medios de comunicación de servicio público establecidas según el derecho público no se ven afectadas, a diferencia de muchos PSM establecidos según el derecho privado.
Por ejemplo, una MSP constituida como sociedad anónima estará sujeta a ella incluso si es de propiedad total del Estado.
El tipo de entidades jurídicas privadas que deberán proporcionar información varía según los Estados miembros. En los anexos I y II de la Directiva 2013/34/UE sobre estados financieros anuales se puede encontrar una lista de los tipos de empresas afectadas.
De acuerdo con la CSRD, entre estas empresas, sólo aquellas que cumplan uno de los siguientes criterios deben publicar información de sostenibilidad:
- todas las empresas que cotizan en el mercado regulado de la UE, incluidas las PYME que cotizan en bolsa (pero no las microempresas);
- todas las grandes empresas que superen dos de los tres criterios siguientes:
- 250 empleados durante el ejercicio,
- una cuenta de resultados de más de 20 millones de euros,
- una facturación neta de más de 40 millones de euros;
- empresas no pertenecientes a la UE que generen un volumen de negocios neto superior a 150 millones de euros y que tengan una filial en la UE que cumpla los criterios para empresas de la UE o una sucursal en la UE que genere un volumen de negocios neto superior a 40 millones de euros.